*El derecho a una buena administración pública. 

Por Miguel Ángeles Arroyo 

MENSAJE DE MIGUEL ÁNGELES ARROYO, REGIDOR MUNICIPAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE MUNICIPAL DE DERECHOS   HUMANOS Y ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TULA DE ALLENDE. PERÍODO 2020-2024. DURANTE LA VIGÉSIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN.

CPMDHAPD/011/2023 

El derecho a la buena administración se refiere a la recuperación de la perspectiva ética, de servicio objetivo a la ciudadanía, que debe caracterizar a las administraciones públicas. Dicho en otras palabras, se trata de que los ciudadanos tengan el derecho a exigir determinados patrones o estándares en el funcionamiento de las instituciones de gobierno, de modo que el servicio público esté orientado al interés general, y donde la equidad de trato, la igualdad, eficiencia y honestidad, así como el acceso a la información y la transparencia y la motivación de las decisiones de gobierno sean principios exigibles de actuación administrativa.

Este derecho a la buena administración pública se ha comenzado a reconocer como un derecho humano en el que la ciudadanía ocupa un lugar central, obligando a todos los entes públicos a que en el ejercicio de sus funciones actúen efectivamente bajo los principios de gobierno abierto, honesto, transparente, eficaz y eficiente.

Mediante esta nueva iniciativa por la que se reformo el Artículo 3 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo en materia de una buena administración pública del estado, la cual fue aprobada en el Pleno del Congreso Libre y Soberano de Hidalgo; en la Sesión Ordinaria número 119 del día 29 de marzo del año en curso y a su vez aprobada en este Ayuntamiento en la Quincuagésima Octava Sesión Ordinaria celebrada el 3 de mayo. Se plantea integrar al texto constitucional el derecho fundamental a la buena administración pública, lo cual implica poner a la persona en el centro de la actividad administrativa del Estado. 

Esto se traduce en la obligación de las administraciones públicas de respetar y promover la dignidad y los derechos humanos en el ejercicio de la función pública, y de actuar efectivamente al servicio de las personas.

Con base en estas consideraciones, para identificar la cobertura y alcance de lo que implica el derecho humano a la buena Administración Pública, es necesario señalar que: 1. Toda persona tendrá derecho a recibir un trato imparcial, objetivo y justo en el despecho de sus asuntos. 2. Las autoridades tendrán la obligación de orientar sus acciones a lograr el bienestar de la sociedad, así como promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. 3. A la gestión pública se deberá incorporar mecanismos de gobierno digital.

Por lo tanto, en el Plan de Gestión Administrativa que se construye para el debido funcionamiento de la Unidad Municipal de Derechos Humanos y Atención de las Personas con Discapacidad, Indígenas y Migrantes; se deberá considerar esta reforma de manera vanguardista y para la procura del bien común; toda vez que el Plan Estatal de Desarrollo 2022.2028 marca que para conseguir la transformación del Estado se han definido cuatro acuerdo generales y tres acuerdo transversales, los cuales colocan al ser humano y sus derechos como el núcleo de toda acción pública y pone de manifiesto la nueva relación del pueblo con gobierno.

Desde esta Comisión es posible concluir que los derechos humanos son nuestros derechos que tenemos por el hecho de ser personas, sin distinción alguna, estas expresan lo que necesitamos para realizarnos plenamente como personas y atiende a nuestras condiciones físicas. Los derechos humanos nos corresponden desde que nacemos y durante nuestra vida, su principal objetivo es el de defender y proteger nuestra dignidad y libertad de ahí su esencia, mientras que la Administración Pública Municipal es la que se encarga de dar satisfacción a las necesidades y al cumplimiento de las garantías individuales y sociales.

La combinación de ambas conlleva a la creación del derecho fundamental a la buena administración que tiene por objeto el que se nos respeten los derechos humanos relacionados con la Administración esto con el fin de que ya no se le vulnere al ciudadano, se les someta, para que así el poder público atienda con objetividad los intereses generales de forma y manera que se realicen al servicio del bienestar general e integral de todos los ciudadanos. 

Los derechos humanos y la Administración Pública se espera imparcialidad, equidad y acciones en tiempo razonable que se atienda preferentemente a la mejora permanente e integral de las condiciones de vida, de los ciudadanos, que las actividades administrativas se hagan de forma adecuada sin que sus decisiones repercuten a la persona. *NI*

Por Nueva Imagen de Hidalgo

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