*Se dice mucho sobre… intervención.
Por Javier Alejandro Maldonado Cedillo
Las palabras intervención o invasión suelen utilizarse como si fueran equivalentes, aunque en realidad describen fenómenos jurídicos y políticos distintos. Esta confusión ha adquirido especial relevancia a raíz de decisiones recientes del gobierno de los Estados Unidos, entre ellas una orden ejecutiva que faculta al Pentágono y a sus Fuerzas Armadas a realizar operaciones militares directas, incluso fuera de su territorio, contra organizaciones criminales consideradas una amenaza para su seguridad nacional. En este contexto surge una pregunta clave: ¿Es jurídicamente posible que Estados Unidos intervenga o invada México?
Para abordar este cuestionamiento es necesario partir del marco constitucional mexicano. El artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, quien conserva en todo momento el derecho de modificar o alterar su forma de gobierno. El artículo 41 precisa que esa soberanía se ejerce a través de los Poderes de la Unión. A su vez, el artículo 76 otorga al Senado de la República la facultad exclusiva de autorizar el tránsito o la permanencia de tropas extranjeras en territorio nacional, mientras que el artículo 119 impone a los Poderes de la Unión la obligación de proteger a las entidades federativas frente a cualquier invasión o agresión exterior.
Este entramado constitucional se refuerza con el Código Penal Federal, que sanciona los actos que atenten contra la integridad, independencia y soberanía del Estado mexicano. A ello se suma el derecho internacional público, particularmente la Carta de las Naciones Unidas, la cual prohíbe el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, salvo en casos de legítima defensa o cuando exista autorización expresa del Consejo de Seguridad. Este principio constituye uno de los pilares del orden jurídico internacional contemporáneo.
Desde esta perspectiva, la diferencia entre intervención e invasión es sustancial. La intervención alude a acciones orientadas a influir en los asuntos internos de otro Estado, mediante medios políticos, económicos, diplomáticos o, en ciertos casos, coercitivos. No implica necesariamente la ocupación del territorio ni el reemplazo de autoridades, y en determinados contextos puede desarrollarse dentro de márgenes de legalidad internacional. La invasión, en cambio, es una acción militar directa dirigida a la ocupación del territorio de otro Estado y, eventualmente, al control de sus estructuras de poder. Por su propia naturaleza, supone una violación grave de la soberanía y suele considerarse ilegal conforme al derecho internacional.
Bajo estas consideraciones, un escenario de invasión a México resulta poco probable. El país cuenta con un gobierno surgido de procesos democráticos, mantiene una relación de profunda interdependencia económica con Estados Unidos y está amparado por un entramado jurídico nacional e internacional que limita cualquier acción militar unilateral. Además, la relación bilateral se rige por mecanismos institucionales que funcionan como contrapesos frente a decisiones extremas.
A diferencia de países que han sido objeto de intervenciones armadas en contextos de guerra civil o colapso estatal, México enfrenta una problemática de seguridad interna, no un conflicto armado internacional. Una acción militar extranjera en su territorio carecería de legitimidad ante la comunidad internacional y, previsiblemente, generaría un amplio rechazo, incluso entre socios estratégicos de ambas naciones.
No obstante, es previsible que continúen las presiones políticas y económicas para que el Estado mexicano refuerce su estrategia contra la delincuencia organizada, fortalezca sus capacidades de inteligencia e investigación y consolide la coordinación entre los distintos niveles de gobierno. De no observarse avances, podrían intensificarse medidas comerciales o diplomáticas, acompañadas de una retórica más severa en materia de seguridad.
En este contexto, el debate no se limita a una eventual acción militar, sino que plantea interrogantes más amplias y a partir de estos elementos, surgen interrogantes centrales para el análisis: ¿Hasta qué punto México debe aceptar esquemas de cooperación que se aproximen a la intervención? y, ¿Cuáles serían los costos políticos, económicos y sociales de una escalada en las tensiones bilaterales? Estas cuestiones resultan centrales para comprender los márgenes reales de acción del Estado mexicano en un entorno internacional cada vez más complejo. *NI*
